Glosario de conceptos clave utilizados en el EPU

glossary

En el contexto del EPU, una vez iniciado el mecanismo y a lo largo de los años, se ha ido perfeccionando la terminología técnica para cada uno de los elementos que forman parte integrante del mecanismo y del mecanismo en acción.

UPR Info ha ido recopilando estos términos y enriqueciendo su contenido. Haciendo clic en cada letra encontrará la terminología básica que puede serle útil.

A to M

Adición

La adición es un documento redactado por el Estado examinado que contiene su respuesta a la lista de recomendaciones del Grupo de Trabajo. Las adiciones tienen un límite de 2,675 palabras. La adición es un documento secundario al Informe del Grupo de Trabajo.

Anotada (tomar nota)

De acuerdo con la resolución 5/1, las recomendaciones del EPU o bien se aceptan o bien son anotadas (se toma nota de ellas). Las recomendaciones de las que se ha tomado nota pueden, sin embargo, ser implementadas y monitoreadas como parte de las tareas de seguimiento de los Gobiernos y la sociedad civil.

Asistencia Técnica

La asistencia técnica es una solicitud de ayuda por parte de un Estado de Naciones Unidas (NNUU) o de otros Estados. Las solicitudes de asistencia técnica incluyen, pero no están limitadas a, solicitudes de personal, programas de formación en ciertas áreas, ayuda a la hora de redactar informes y solicitudes de trabajo conjunto en el desarrollo de programas. NNUU tiene dos fondos voluntarios para responder a las solicitudes de asistencia técnica. (Ver "Fondos Voluntarios"). 

Base del examen

La base del examen son los elementos que se tienen en cuenta a la hora de conducir el examen sobre derechos humanos de un Estado determinado. Consiste en la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Carta de las Naciones Unidos, los tratados de los que el Estado sea parte, las promesas y compromisos que haya asumido voluntariamente y el Derecho Internacional Humanitario. 

Compilación de información de la ONU

La compilación de la información de las Naciones Unidas la prepara la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OACDH). Resume y compila toda la información enviada a la OACDH sobre el Estado examinado por parte de las agencias de la ONU y otros mecanismos de Derechos Humanos de la ONU, tales como órganos de los Tratados y Procedimientos Especiales. La compilación también incluye posibles recomendaciones. No puede exceder de 5,350 palabras. (Se trata de uno (1) de los tres (3) documentos usados para conducir el examen de un Estado; ver también Informe Nacional y Resumen de la información de otros interlocutores pertinentes).

Compromisos voluntarios

Los compromisos voluntarios son compromisos realizados por el Estado examinado en el curso del EPU para llevar a cabo una acción específica. Los compromisos voluntarios pueden ser adquiridos en diferentes momentos: durante la redacción del informe nacional, durante el examen y durante la adopción del informe del Grupo de Trabajo. Por ejemplo, muchos Estados han tomado el compromiso voluntario de presentar un informe a mitad de periodo sobre la implementación de las recomendaciones recibidas durante el examen del EPU.

Contribución (ONG)

Las contribuciones son informes presentados por ONGs a la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos para que formen parte del Resumen de la información de otros interlocutores pertinentes. Cualquier organización de la sociedad civil con o sin estatus ECOSOC, puede presentar un informe. Las NGO pueden unirse y presentar contribuciones conjuntas. Los informes individuales tienen un límite de 2815 palabras mientras que los conjuntos deben limitarse a 5630 palabras. Las contribuciones normalmente deben ser presentadas 7 u 8 meses antes del examen.

Consejo de Derechos Humanos

El Consejo de Derechos Humanos (CDH) es el órgano de Naciones Unidas encargado de los derechos humanos. Está localizado en Ginebra y se reúne tres veces al año para discutir una gran variedad de cuestiones y situaciones en determinados países. Está compuesto de 47 miembros elegidos para un periodo de tres años por la Asamblea General. Es responsable también de la organización del EPU.

Consulta (a nivel nacional)

Las consultas son reuniones que el Estado examinado debería mantener con representantes de la sociedad civil y la Institución Nacional de Derechos Humanos con vistas a la redacción de su informe nacional para el EPU. También deberían celebrarse consultas durante la fase de seguimiento.

Debate General

El Debate General es una discusión que tiene lugar en el Consejo de Derechos Humanos sobre todos los puntos de la agenda. Durante el debate general del EPU (punto 6), Estados, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil toman la palabra para debatir las modalidades del EPU. Es también una oportunidad para dar opinión sobre la implementación de las recomendaciones en un país en concreto. Los Estados normalmente presentan sus informes a medio plazo (de mitad de periodo) durante el Debate General.

Derecho Internacional Humanitario (DIH)

El Derecho Internacional Humanitario regula la conducta en conflictos armados. Se supone que debe proteger a las personas que no participan o que han dejado de tomar parte en las hostilidades (prisioneros de guerra) y restringe los medios y métodos de la guerra.

Diálogo interactivo

El diálogo interactivo es la discusión entre el Estado examinado y otros Estados durante las tres horas y media del examen en el Grupo de Trabajo. Los Estados formulan preguntas y hacen comentarios así como proponen recomendaciones al Estado examinado. Se espera por parte del Estado examinado que responda a dichas cuestiones y comentarios durante este diálogo.

Estado bajo examen

Es un Estado miembro de NNUU cuyo registro de derechos humanos está siendo examinado en el EPU.

Estado miembro que hace recomendaciones

Un Estado recomendante es un país que toma la palabra durante el examen de un Estado determinado para hacer preguntas y recomendaciones. Por ejemplo: El país A recomienda al país B "que ratifique el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales". En este ejemplo, el país A sería el Estado recomendante.

Estatus consultivo ante el ECOSOC

El estatus ECOSOC lo otorga un Comité de ONGs en Nueva York formado por 19 Estados Miembros. Éste permite a las ONG el acceso a varios mecanismos de derechos humanos, incluyendo el Examen Periódico Universal. Las ONG necesitan acreditación ante el ECOSOC para entrar a las instalaciones de la ONU, asistir al examen, realizar una declaración (oral y escrita) durante la adopción del informe del Grupo de Trabajo, y organizar eventos paralelos en el EPU y en el Consejo de Derechos Humanos. Sin embargo, el estatus ECOSOC no es necesario para enviar informes sobre la situación de los derechos humanos en el Estado examinado o para monitorear y tomar parte en la implementación de las recomendaciones.

Evento paralelo

Un evento paralelo es una reunión no oficial organizada en el Palacio de las Naciones en Ginebra en paralelo a un periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos o del EPU.  Un evento paralelo puede ser organizado por un Estado, institución nacional de derechos humanos, una ONG o la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos. El evento normalmente debate un asunto especifico de derechos humanos o la situación de los derechos humanos en un país en concreto. También puede hacerse para el lanzamiento de una publicación.

Examen

El Examen es la revisión por parte del Grupo de Trabajo (GT) del EPU sobre si los Estados miembros de Naciones Unidas están respetando los compromisos que adquirieron y los acuerdos que firmaron bajo el derecho internacional. En particular, se revisa a los Estados en base a sus obligaciones de derechos humanos derivadas de la Carta de Naciones Unidas, la Declaración Internacional de Derechos Humanos, los Tratados de Naciones Unidas en derechos humanos ratificados por el Estado en cuestión, el derecho internacional humanitario y todos los compromisos voluntarios realizados por el Estado. El GT emplea el Informe Nacional, la Compilación de la información de la ONU y el Resumen de la información de otros interlocutores pertinentes para conducir el examen. Durante este proceso, tiene lugar un diálogo interactivo entre el Estado examinado y otros Estados en el cual se presentan preguntas sobre la situación de los derechos humanos en el Estado examinado y recomendaciones sobre cómo puede mejorarse. Durante el examen, el Estado examinado tiene 70 minutos para hablar, mientras que los otros Estados disponen de 140 minutos.

Examen Periódico Universal (EPU)

El EPU es un mecanismo de derechos humanos de Naciones Unidas establecido mediante la resolución 60/251 de la Asamblea General para revisar los registros de derechos humanos de todos los Estados miembro de la ONU. Cada Estado miembro es examinado cada cuatro años y medio por el Grupo de Trabajo del EPU. Durante el proceso de examen los otros Estados hacen preguntas a cada Estado examinado respecto de su registro de derechos humanos y también se le hacen recomendaciones sobre cómo mejorar la situación de los derechos humanos en su país.

Extranet

La extranet es una página web operada por la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos y a la que sólo se puede acceder mediante contraseña. Contiene documentos de la organización tales como programas de trabajo, calendarios de reuniones y actas de la Mesa del Consejo de Derechos Humanos. En la extranet también pueden encontrase algunos documentos relacionados con el Consejo de Derechos Humanos y el EPU, como declaraciones realizadas por Estados y ONGs, borradores de los Informes de Grupos de Trabajo del EPU y de resoluciones.

Fondo de Contribuciones Voluntarias para la asistencia financiera y técnica

El Fondo de Contribuciones Voluntarias para la asistencia financiera y técnica, o Fondo 2, es un fondo establecido mediante la Resolución del Consejo de Derechos Humanos 6/17 para asistir a Estados en la implementación de las recomendaciones del EPU.

Fondo Fiduciario de contribuciones voluntarias

El Fondo Fiduciario de contribuciones voluntarias, o Fondo 1, es un fondo establecido mediante la Resolución del Consejo de Derechos Humanos 6/17 a fin de facilitar la participación de los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados, en el mecanismo del examen periódico universal en Ginebra. El fondo puede cubrir los gastos de viaje a Ginebra para miembros de delegaciones y para apoyar formaciones.

Grupo de Trabajo

El Grupo de Trabajo (GT) el EPU es el órgano que conduce el examen de los derechos humanos de los Estados. Sin embargo en la práctica, los 193 Estados miembro de la ONU, así como el Vaticano y el Estado de Palestina, tienen la posibilidad de participar en el grupo de trabajo. EL GT se reúne en Ginebra, Suiza 3 veces al año con un total de catorce (14) Estados a examinar por sesión. Los periodos de sesiones del GT habitualmente tienen lugar en enero, abril y octubre. 

Sin glosario

Implementación

La implementación consiste en los pasos emprendidos por un Estado para cumplir con las recomendaciones recibidas durante su examen. (ver también seguimiento).

Informe a medio plazo (de mitad de periodo)

Un informe a medio plazo es un informe enviado por un Estado dando información al Consejo de Derechos Humanos con información acerca del proceso de implementación de las recomendaciones. En el párrafo 18 de la Resolución 16/21 se alienta a los Estados a que de manera voluntaria faciliten información actualizada. Este informe debe enviarse a la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos dos/tres años después del examen. Se alienta a los Estados a que realicen amplias consultas con todos los interlocutores pertinentes y que reflejen sus perspectivas en el informe. Otros interlocutores pueden también publicar informes a medio plazo acerca de los derechos humanos sobre el terreno y el estatus de la implementación de las recomendaciones por parte de su gobierno. Los informes de otros interlocutores pertinentes no pueden ser enviados a la OACDH, pero pueden ser presentados en el Debate General del punto 6, pueden ser publicados en sus páginas web y/o en la página web de UPR Info.

Informe Estatal

Ver "Informe Nacional".

Informe del Grupo de Trabajo

El informe del Grupo de Trabajo es el resultado del examen de un determinado Estado. Contiene un recuento completo del examen de un Estado, incluyendo un resumen de las preguntas y comentarios hechos por Estados durante el examen así como una lista completa de todas las recomendaciones (incluyendo tanto las aceptadas como las anotadas). La troika y el Estado examinado asisten a la Secretaría del Consejo de Derechos Humanos (CDH) a redactar este informe. La lista de las recomendaciones se distribuye online 48 horas después del examen y se adopta unos dias después, mientras que el texto completo del borrador del Informe se pone a disposición una semana después del final de la sesión del Grupo de Trabajo. La versión final del Informe se adopta por el CDH unos meses después, en la sesión plenaria.  

Informe Nacional (o Informe Estatal)

El informe nacional es un informe preparado por el Gobierno del Estado examinado sobre la situación de los derechos humanos en el país. También debe incluir información sobre la implementación de las recomendaciones previas. El informe no puede tener más de 10,700 palabras y debe ser enviado 12 semanas antes del examen. El informe nacional es uno de los tres documentos empleado para conducir el examen de un Estado. Ver también Compilación de información de la ONU y Resumen de la información de otros interlocutores pertinentes.

Interlocutores pertinentes

Los interlocutores pertinentes son actores que toman parte en el EPU. Incluyen el Estado examinado, institución nacional de derechos humanos, sociedad civil, agencias de Naciones Unidas, académico, parlamentarios, etc.

Otros interlocutores pertinentes

El término "otros interlocutores pertinentes" habitualmente se utiliza en el EPU para designar los actores, excluyendo Estados, que participan en el EPU. Incluyen instituciones nacionales de derechos humanos, sociedad civil, agencias de Naciones Unidas, académicos, parlamentarios, etc.

Institución Nacional de Derechos Humanos

La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH) es un órganos estatal con mandato constitucional y/o legislativo de proteger y promover los derechos humanos. Las INDH deben cumplir con los Principios de París y están clasificadas de acuerdo a su independencia (de la "A" a la "C"). Las INDH con un estatus "A" disfrutan de un mayor acceso a los órganos de derechos humanos de NNUU. Las INDH deben solicitar la acreditación al Comité Internacional de Coordinación. Un defensor del pueblo puede ser considerado una INDH.

Modalidades

Las modalidades son las normas o directrices que rigen el EPU. Las principales modalidades del EPU están en la Resolución de la Asamblea General 60/251 y las Resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1 y 16/21.

Monitorear

Monitorear es la vigilancia que realizan los interlocutores pertinentes, incluyendo la sociedad civil, la institución nacional de derechos humanos y las agencias de la ONU, sobre los avances realizados por el gobierno en la implementación de las recomendaciones del EPU.

N to Z

Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OACDH)

La OACDH es la rama de derechos humanos de Naciones Unidas. Forma parte de la Secretaría de Naciones Unidas con sede en Ginebra. La OACDH tiene oficinas en varios países y regiones y trabaja para asegurar que los estándares internacionales de derechos humanos son efectivamente implementados sobre el terreno. Apoya el trabajo de las órganos de los tratados de la ONU y del Consejo de Derechos Humanos de NNUU. El Alto Comisionado de Derechos Humanos es la cabeza de la Oficina y dirige el trabajo de Naciones Unidas en derechos Humanos.

Órganos de Tratados

Los órganos de los Tratados son comités de expertos independientes que monitorean cómo están implementados los Estados parte los principales tratados internacionales de derechos humanos y sus protocoles adicionales. Los Estados deben haber ratificado el tratado en cuestión para poder ser examinado por el órgano pertinente. Un ejemplo de órgano de tratado es el Comité de Derechos Humanos, que monitorea la implementación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Otros interlocutores pertinentes

Ver bajo la letra I. 

Paquete de construcción institucional

Ver "Resolución 5/1".

Preguntas formuladas con antelación

Las preguntas son formuladas con antelación por los Estados y son dirigidas al Estado examinado sobre la situación de derechos humanos. Estas preguntas se envían al Estado

examinado a través de la troika, por escrito, diez días antes de la sesión del Grupo de Trabajo. Se espera que el Estado examinado responda a estas preguntas durante la presentación de su Informe Nacional durante el examen.

Pre-sesiones

Las pre-sesiones del EPU son reuniones organizadas por UPR Info que juntan a las Misiones Permanentes, las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos y Organizaciones de la Sociedad Civil para debatir la situación de los derechos humanos en los Estados cuyo examen en el EPU está próximo. Las pre-sesiones tienen lugar un mes antes del examen de un Estado y suponen una plataforma valiosa para que la sociedad civil se relacione con Estados miembros de NNUU y  hagan escuchar su voz en el EPU. 

Procedimiento Especial

Los Procedimientos Especiales son un mecanismo del Consejo de Derechos Humanos (CDH) que pretende afrontar bien situaciones específicas de un país o cuestiones temáticas en todas las parte del mundo. La Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos apoyo el mandato de los Procedimientos Especiales. Los Procedimientos especiales pueden ser individuales ("Relator Espacial", "Experto Independiente" o "titulares de mandato") o un grupo de trabajo compuesto por cinco miembros. Son creados a través de resoluciones del CDH por tiempo limitado. Ver también Relator Especial.

Recomendación

Las recomendaciones son sugerencias realizadas por otros Estados al Estado examinado sobre cómo mejorar la situación de los derechos humanos en su país. Las recomendaciones pueden ser muy diversas respecto de las acciones que contienen y los asuntos a los que se refieren. Se espera que el Estado examinado responda a todas las recomendaciones hechas bien aceptándolas, bien tomando nota. Las respuestas de los Estados examinados deben ser presentadas por escrito antes de la adopción del informe del Grupo de Trabajo en el Consejo de Derechos Humanos. En total, durante el primer ciclo del EPU, se hicieron más de 21,000 recomendaciones.

Recomendaciones SMART

El método SMART (por sus siglas en inglés), añade criterios útiles para redactar recomendaciones precisas y orientadas a la acción. Se trata de un método utilizado en el contexto de las herramientas de gestión y el establecimiento de criterios de objetivos, y posteriormente fue adoptado en el mundo de los Derechos Humanos.

UPR Info recomienda especialmente trabajar con esta metodología: lo que llamamos recs SMART son recomendaciones que son Específicas, Medibles, Alcanzables, Relevantes y Con plazos.

La fórmula SMART nos permite actuar en dos sentidos:

  • Proporcionando directrices para mejorar la situación actual de los derechos humanos y la situación humanitaria.
  • Proporcionando una línea de base para el seguimiento de los avances. 

Al elaborar las recomendaciones SMART, hay que considerarlas como directrices claras para resolver el problema de derechos humanos en cuestión. Además, las recomendaciones SMART facilitan la aplicación y el seguimiento al proporcionar

  • Información clara para evaluar si la recomendación se ha aplicado 
  • Acciones concisas que se requieren del Estado para mejorar la situación de los derechos humanos.
  • Una línea de base específica para la evaluación de la mejora de la situación de los derechos humanos para el siguiente ciclo

Relator Especial

Relator Especial (o Experto Independiente) es el título dado a individuos poseedores de un mandato específico de NNUU en un determinado país o cuestión temática. Generalmente los Relatores Especiales examinan, monitorean, aconsejan e informan públicamente sobre derechos humanos que quedan bajo su mandato. Publican un informe anual al Consejo de Derechos Humanos. Las actividades emprendidas por los Relatores incluyen, inter alia, responder a demandas individuales, conducir estudios, tareas de sensibilización y dar consejo sobre cooperación técnica a nivel estatal. También pueden conducir misiones en países pero, primero, tienen que ser invitados por el gobierno del país en cuestión. Los Relatores no deben estar en el puesto más de seis (6) años.

Resolución 16/21

Esta resolución del Consejo de Derechos Humanos (CDH) fue adoptada en marzo de 2011 tras la revisión del CDH, que tuvo lugar en 2010-2011. Como resultado de la revisión, algunas modalidades del EPU fueron cambiadas para el segundo ciclo. La resolución 16/21 describe los cambios y las decisiones tomadas durante la revisión. Indica en particular que el segundo ciclo del EPU comenzaría en junio de 2012, que el periodo temporal del ciclo cambiaba de cuatro (4) a cuatro años y medio (4 1/2) y que sólo 42 Estados serían examinados durante las tres (3) sesiones del Grupo de Trabajo. La resolución subraya que el segundo y subsiguientes ciclo deben centrarse en la implementación de las recomendaciones y en el desarrollo de la situación de los derechos humanos en el Estado examinado.

Resolución 5/1

Esta resolución del Consejo de Derechos Humanos (CDH) delinea las prácticas y directrices a seguir durante el EPU. Fue adoptada el 18 de junio de 2007 tras un año de negociaciones en el contexto del CDH. También se llama paquete de construcción institucional.

Resolución 60/251

La Resolución 60/251 es una resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas que establece el Consejo de Derechos Humanos y el Examen Periódico Universal. Fue adoptada el 15 de marzo de 2006 y forma parte de las reformas de la ONU que remplazaron la Comisión de Derechos Humanos con el Consejo de Derechos Humanos.

Resultado

El resultado del EPU consiste en un conjunto de documentos publicados en el marco del examen de un país que incluye el informe del Grupo de Trabajo, la adición, y la declaración realizada por el Estado examinado durante la adopción del informe del Grupo de Trabajo.

Resumen de información de otros interlocutores pertinentes

El Resumen de información de otros interlocutores pertinentes es un informe compilado por la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos que resumen la información y las recomendaciones contenidas en las contribuciones de las ONG. La compilación no puede exceder 5,350 palabras. (Es uno de los tres documentos utilizados para realizar el examen de un Estado, ver también Informe Nacional y Compilación de información de la ONU).

Secretaría (CDH)

La Secretaría del CDH asiste al Consejo de Derechos Humanos y al EPU en la organización de las sesiones. La Secretaría del CDH se compone de personal de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos.

Seguimiento

El seguimiento es una de las fases del EPU, que tiene lugar entre dos exámenes, durante la cual el Estado examinado debe tomar las medidas apropiadas para implementar las recomendaciones. Los otros interlocutores pertinentes son alentados tanto a dar apoyo como a monitorear el progreso alcanzado.

Sesión (Grupo de Trabajo)

Ver "Grupo de Trabajo".

Sociedad Civil (organizaciones)

Las organizaciones de la Sociedad Civil son organizaciones no gubernamentales y sin ánimo de lucro que trabajan en un gran variedad de asuntos. Incluyen las ONG pero también otro tipo de entidades tales como organizaciones de base religiosa, sindicatos, grupos académicos, abogados, defensores de derechos humanos, etc. La sociedad civil tiene muchas oportunidades de involucrarse en el EPU, notablemente enviando información sobre la situación de los derechos humanos, hacer lobby a las Misiones Permanentes en Ginebra y sus contrapartes en los países, tomar la palabra durante la adopción del informe del Grupo de Trabajo en el Consejo de Derechos Humanos, y monitorear la implementación de las recomendaciones sobre el terreno.

Tema 6

Tema de la agenda del Consejo de Derchos Humanos dedicado al EPU. En total, la agenda del consejo prevee 10 temas. 

Titulares de Mandato

Ver "Relator Especial".

Troika

La troika asiste al Grupo de Trabajo (GT) con el examen de los derechos humanos de un Estado. Es un grupo de tres delegados del Consejo de Derechos Humanos elegidos por sorteo. Un miembro de la troika puede tomar la palabra como otra delegación cualquiera y formular preguntas y hacer recomendaciones durante el diálogo interactivo. Los representantes de la troika tienen dos papeles principales: (1) recibir todas las preguntas y/o asuntos planteados por el GT y transmitirlos al Estado examinado y (2) ayudar a preparar el informe del GT con la asistencia de la Secretaría de NNUU y del Estado examinado. Un miembro de la troika está encargado  de introducir la lista de recomendaciones antes de su adopción en el GT. 

Webcast (o radiodifusión)

El webcast es la retransmisión en directo en vídeo de un periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos o del EPU. 

 

Sin glosario

Sin glosario

Sin glosario